
La nueva Ley de Prevención y Erradicación del Lavado de Activos de Ecuador fue aprobada por la legislatura el 21 de julio de 2016. (Ley Orgánica de Prevención, Detección y Erradicación del Delito de Lavado de Activos y del Financiamiento de Delitos, REGISTRO OFICIAL (RO) (el boletín oficial) (21 de julio de 2016).) La Ley extiende a las empresas y organizaciones no financieras la obligación de informar dentro de cuatro días de transacciones financieras sospechosas que involucren montos de más de US $ 10,000. (Id. Art. 4.)
Según la nueva ley, los proveedores de servicios de correo y los proveedores de transporte para efectivo, objetos de valor y paquetes; administradores de fideicomisos y fondos; cooperativas, fundaciones y organizaciones no gubernamentales; y las personas y empresas que realicen transacciones en vehículos automotores, barcos, embarcaciones y aviones también deberán cumplir con la obligación de informar para transacciones de más de US $ 10,000. (Id. Art. 5.)
El patrocinador de la legislación declaró que su propósito es detectar el lavado de dinero de una manera más proactiva. La nueva Ley, por lo tanto, tiene como objetivo el rastreo de transferencias de propiedades; la posesión, uso y comercialización de, y el comercio interno o externo de bienes; y transacciones gratuitas o con fines de lucro de activos en general. (Asamblea del Ecuador Aprueba Ley para Reprimir Lavado de Activos, EL UNIVERSO (9 de junio de 2016).)
Entre las reformas más importantes se encuentra una disposición adicional al Código Penal Integral que penaliza el fraude fiscal cometido a través de terceros. (Id .; Ley de Prevención y Erradicación del Lavado de Activos, Disposición Reformatoria [Disposición Modificada] 1 y 2; Código Orgánico Integral Penal [Código Penal Integral], RO (10 de febrero de 2014).)
Según la nueva Ley, la Unidad de Análisis Financiero, que actualmente se encuentra bajo la estructura de la oficina del Fiscal General, ahora se convertirá en un organismo autónomo dentro del Ministerio Coordinador de Política Económica y cambiará su nombre a Unidad de Análisis Financiero y Económico. (Ley de Prevención y Erradicación del Lavado de Activos, Disposición Transitoria [Disposición Transitoria